Alternativas a la evaluación presencial en los Certificados de Profesionalidad

Alternativas a la evaluación presencial en los Certificados de Profesionalidad

Recientemente, he tenido la oportunidad de analizar el  borrador de Real Decreto que modificará al RD 34/2008, de 18 de Enero, por el que se regulan los Certificados de Profesionalidad. En términos generales, la valoración que hago de este borrador es muy positiva, ya que  supone una apuesta inequívoca por integrar las TIC y el e-Learning en las acciones formativas conducentes a la obtención de un Certificado de Profesionalidad, sentando las bases para que se puedan impartir dichas acciones bajo modalidad e-Learning y estableciendo medidas que conllevan grandes implicaciones con respecto a la no obligatoriedad de disponer de instalaciones físicas propias para impartir un Certificado de Profesionalidad.

Se trata de un documento muy denso en el que se modifican diferentes aspectos relacionados con la acreditación de la experiencia laboral, la acreditación de centros, la posibilidad de programar Certificados de Profesionalidad no sólo bajo modalidad de oferta, sino también como formación de demanda, los requisitos de los formadores, etc., elementos todos ellos merecedores de un análisis en profundidad; sin embargo, hoy me quiero centrar en  uno de los elementos más importantes de todo proceso formativo y al que, a menudo, no se presta la atención que requiere dada su importancia: la evaluación.

A este respecto,  en el borrador se contempla la posibilidad de impartir acciones formativas conducentes a la obtención de  un Certificado de Profesionalidad bajo modalidad e-Learning;  sin embargo, se señala que los módulos formativos que se desarrollen mediante teleformación, en todo o en parte,  requerirán la realización de, al menos, una prueba final de carácter presencial En este sentido, considero que  no es del todo coherente permitir que un módulo formativo se pueda desarrollar mediante teleformación y que la evaluación de dicho módulo  tenga que ser de carácter presencial. Además, no me parece la opción más adecuada porque separa la evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje, cuando  la evaluación debe tener un carácter sistemático, formativo y continuo, estando presente durante todo el proceso.

Parto de la base de que la evaluación presencial está muy asentada y que, a corto plazo, puede parecer a priori como la opción más segura y la que permite un mayor control sobre el alumno. Sin embargo,  partir de un esquema en el que sólo la evaluación de carácter presencial se considere como una opción segura y adecuada, implicaríaadoptar un movimiento de  retroceso en la concepción de los procesos de enseñanza-aprendizaje y una anulación de las principales bondades del e-Learning (mayor flexibilidad de acceso, personalización de la formación, eliminación de las limitaciones espacio-temporales, etc.) las cuales son precisamente las que permiten el acceso a la formación por parte de trabajadores que de otro modo y por sus circunstancias personales y/o profesionales, no podrían acceder a la misma y a los que, por tanto, se les haría un flaco favor en el caso de obligarles a acudir presencialmente a realizar la correspondiente evaluación de sus procesos formativos, en muchos casos a centros bastante alejados de su lugar de residencia.

Entiendo que  se están sentando bases muy importantes para el e-Learning y que la de la evaluación es una cuestión en la que se debería ir avanzando próximamente, dando los pasos hasta poder adoptar otras modalidades de evaluación diferentes a la presencial y en coherencia con la impartición vía e-Learning, ya que  existen actualmente tecnologías y aplicaciones que permiten que el alumno  pueda, además de recibir la formación, llevar a cabo también  las pruebas de evaluación  que se consideren oportunas desde cualquier lugar, incluido su propio domicilio. Con respecto a esta cuestión, existen centros y herramientas de evaluación telemáticos que aseguran la identificación y autentificación del alumno de manera tal que permiten controlar la realización de las pruebas de evaluación que se consideren oportunas y que posibilitan, además, registrar dichas pruebas y enviarlas para su posterior corrección y valoración,  lo cual considero  puede y debe suponer un punto de partida hacia la implantación y normalización de otras modalidades de evaluación alternativas a la presencial.

No obstante,  en ese camino habría que ir resolviendo una serie de interrogantes, tales como… ¿acaso se perdería rigor y control en la evaluación si no se lleva a cabo una evaluación presencial? ¿Podría ser éste un esquema válido para cualquier evaluación o hay determinados procesos evaluativos que deben desarrollarse necesariamente bajo una modalidad presencial?

 

 

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